El próximo 31 marzo vence el plazo para actualización Régimen Tributario Especial.
De acuerdo a lo señalado en el artículo 364-5 del E.T. las Entidades sin Ánimo de Lucro y del Sector Cooperativo clasificados en el Régimen Tributario Especial, deberán actualizar anualmente la información en el Registro Web, en los primeros 3 meses de cada año.
Es importante precisar que el concepto de actualización comprende dos aspectos, a saber:
- La actualización de la información en el registro web, cuya periodicidad es anual.
- La actualización de la calidad contribuyente pertenecientes al Régimen Tributario Especial en el RUT a que se refiere el artículo 356-3 del E.T., adicionado por el artículo 149 de la Ley 1819 de 2016, la cual se hace con la presentación de la declaración de renta como contribuyente del RTE.
Fuente: DIAN
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