Resolución 063 de Julio 30, 2021
El pasado 30 de julio de 2021, la DIAN emitió la Resolución 063 que introduce los siguientes cambios asociados a documentos electrónicos:
Nómina Electrónica
- Se establece que el proceso de habilitación documento de nómina electrónica iniciará el 18 de agosto de 2021, y no el 1 de agosoto (como estaba establecido anteriormente).
- Los plazos para empezar a generar la nómina electrónica se establecen de la siguiente manera:

- Los sujetos clasificados en el grupo 1 podrán generar y transmitir el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, correspondiente al mes de septiembre de 2021, a más tardar el día veintinueve (29) de octubre de 2021.
Documento Soporte
- Se establece el plazo para adopción del Anexo Técnico para la transmisión del Documento Soporte generado por las compañías en compras de bienes o servicios a los no obligados a facturars es el 31 de enero de 2022 (y no a partir de agosto 1 de 2021 como estaba previsto anteriormente).
Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.
Puedes seguirnos en otros medios AQUÍ

