Decreto 374 del 9 de abril de 2021
Con el fin coadyuvar a la recuperación de las micro y pequeñas empresas para el cumplimiento oportuno de sus obligaciones, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha emitido el Decreto 374 del 9 de abril de 2021, en el que establece que:
Sin perjuicio de la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios dentro de los plazos señalados, las personas jurídicas clasificadas por ingresos como micro y pequeñas empresas, deberán pagar las cuotas de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2020 atendiendo al último dígito del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con la tabla que se establece a continuación:


Conclusiones
A manera de conclusión, los plazos de presentación de la declaración del impuesto de renta y complementarios para personas jurídicas NO han sido modificadas. Los nuevos plazos de pago de la primera y segunda cuota aplican a las compañías que estén catalogadas por ingresos como micro y pequeña empresa que se encuentran definidos en el Decreto 957 de 2019, así:



Recuerde que Peña Molina & Asociados tiene un equipo de expertos dispuestos a apoyarlo y acompañarlo en asuntos contables, financieros, tributarios y de control interno, para lo cual podrá contactarnos al correo: info@pma.com.co.
Puedes seguirnos en otros medios AQUÍ

